Violencia obstétrica, un problema de salud pública poco visibilizado

Obstetric Violence, a public health problem that is not very visible


Ma. Salud Ferreira Rodríguez
Facultad de Salud Pública y Enfermería, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Morelia, Michoacán, México

Rodolfo Silva de Dienheim
Facultad de Ciencias Médicas y Biológicas "Dr. Ignacio Chávez", Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Morelia, Michoacán, México

Perla Jacaranda De Dienheim Barriguete
Facultad de Salud Pública y Enfermería, Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo. Morelia, Michoacán, México
emailperla.de.dienheim@umich.mx
https://orcid.org/0000-0002-1745-1575

DOI:

https://doi.org/10.35830/mcya.vi23.426

Recibido: Septiembre 12, 2023. Aceptado: Mayo 27, 2024
Received: September 12, 2023. Acepted: May 27, 2024
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Cómo citar

Ferreira Rodríguez, M. S., Silva de Dienheim, R., & De Dienheim Barriguete, P. J. (2024). Violencia Obstétrica, un problema de salud pública poco visibilizado. Milenaria, Ciencia Y Arte, (23), 33-35. https://doi.org/10.35830/mcya.vi23.426

Resumen

La violencia obstétrica es un grave problema de salud pública, donde las mujeres pueden sufrir prácticas violentas durante consultas médicas o el parto, incluyendo actos inapropiados o no consentidos. Esto vulnera sus derechos reproductivos y sexuales. Es crucial entender los Derechos Humanos, especialmente la autonomía, para abordar este problema. Los derechos sexuales permiten vivir la sexualidad sin violencia, y los reproductivos incluyen decidir sobre la procreación. Los sistemas judiciales deben reconocer la violencia obstétrica como una violación de los derechos humanos y proteger a las personas embarazadas en todas las etapas del embarazo, parto y posparto.

Palabras clave: violencia obstétrica; derechos humanos; autonomía


Abstract

Obstetric violence is a serious public health problem, where women can suffer violent practices during medical consultations or childbirth, including inappropriate or non-consensual acts. This violates their reproductive and sexual rights. It is crucial to understand Human Rights, especially autonomy, to address this problem. Sexual rights allow us to live sexuality without violence, and reproductive rights include deciding about procreation. Judicial systems must recognize obstetric violence as a violation of human rights and protect pregnant people at all stages of pregnancy, childbirth and postpartum.

Keywords: : obstetric violence; human rights; autonomy


Introducción

La violencia obstétrica claramente es un problema de salud pública, así lo explica la Asamblea Parlamentaria del Consejo Europeo (APCE) cuando declara que en la intimidad de una consulta médica o de un parto, las mujeres son víctimas de prácticas violentas o que pueden ser percibidas como tales. Estos incluyen actos inapropiados o no consentidos, como palpaciones vaginales realizadas sin consentimiento, intervenciones dolorosas sin anestesia. También se han denunciado comportamientos sexistas en el transcurso de las consultas médicas (Mir & Gandolfi, 2021).

En la atención médica, muchas mujeres experimentan tratos abusivos o negligentes, violando sus derechos reproductivos. Para abordar esto, es fundamental entender los Derechos Humanos, especialmente el de autonomía, que incluye el derecho a la salud, específicamente los derechos reproductivos y sexuales. Los derechos sexuales permiten vivir la sexualidad libremente y sin violencia, mientras que los derechos reproductivos incluyen decidir libremente sobre la capacidad de procrear, sin presiones ni discriminación (FIGO, 2021).

La violencia obstétrica no es invisible (INSP, 2020) por lo que los sistemas judiciales y jurídicos internacionales, regionales y nacionales deberían reconocer a la violencia obstétrica como una violación de derechos humanos y hacer cumplir la obligación de los gobiernos de respetar y proteger los derechos de las personas embarazadas durante el embarazo, el parto y el posparto.

Desarrollo

La Violencia Obstétrica (VO) hace referencia a las conductas de acción u omisión que se derivan del proceso de atención del embarazo, trabajo de parto, parto y puerperio en el ambiente hospitalario que incluyen: el maltrato físico y verbal, la humillación, los procedimientos médicos sin consentimiento o coercitivos (incluida la esterilización), la falta de confidencialidad, el incumplimiento con la obtención del consentimiento informado, la negativa a administrar analgésicos, las violaciones flagrantes de la privacidad, el rechazo de la admisión en centros de salud y la retención de las mujeres y de los recién nacidos debido a su incapacidad de pago (Jojoa-Tobar, 2019).

Para iniciar una reflexión en torno la VO, es importante plantear una visión desde la autonomía reproductiva, ya que estas prácticas atentan contra la integridad femenina durante el proceso gestacional, violando principios bioético, por lo que es fundamental reconocer que la autonomía de las mujeres en la atención obstétrica es el primer paso ineludible en cualquier relación profesional ética, e implica mantener un diálogo explicativo y comunicativo que facilite el razonamiento y las decisiones personales (Cucurella & Tricas, 2017), para respetar decisiones y garantizar un trato digno.

Según la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia, los principios de beneficencia, no maleficencia, justicia y autonomía, deben guiar la práctica obstétrica, promoviendo el respeto a los derechos reproductivos y la salud de las mujeres (FIGO, 2021).

En México, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) en el año 2016, hay 8,743,987 mujeres de 15 a 49 años que tuvieron un parto en los últimos 5 años, de las cuales 2,921,514 que representa 33.4% manifestaron haber tenido incidentes (ENDIREH, 2016).

Figura 1
Figura 1. La violencia obstétrica. Infografía de violencia obstétrica, información general de epidemiologia, incidencia, tipos, ejemplos y que hacer como paciente. Tomado de https://psyquedelic_art_informatemujer_doula

Entre los datos recabados se encuentran que el 11.2% fue objeto de gritos o regaños, el 10.3% recibió atención tardía por quejas, el 9.9% fue ignorado en sus preguntas y el 9.2% fue obligado a mantener una posición incómoda. Además, el 9.2% fue presionado para aceptar un dispositivo o cirugía anticonceptiva. Estos datos revelan la gravedad de la violencia obstétrica en México y la necesidad de abordar este problema para garantizar el respeto a los derechos reproductivos y la salud de las mujeres (ENDIREH, 2016).

Al tratarse de un tema cada vez más común, se han desarrollado formas de prevención de la violencia obstétrica, las cuales comprenden: informar a las mujeres sobre sus derechos, circular información sobre prácticas contrarias a los derechos humanos, educar sobre derechos humanos y reproductivos, y promover campañas sobre las diferentes opciones que pueden solicitar las mujeres en la atención de su embarazo, parto o puerperio (Zamudio, 2016).

Figura 1
Figura 2. Derechos sexuales y reproductivos. Es necesario recibir información completa, precisa y actualizada sobre salud sexual y reproductiva. Secretaria de Salud. (2015). Derechos sexuales y reproductivos (Gobierno de México): https://www.gob.mx/salud/documentos/derechos-sexuales-y-reproductivos

Las funciones y obligaciones del Estado respecto a la VO incluyen que el personal de salud se abstenga de realizar procedimientos o administrar medicamentos sin justificación médica, no obligue a las mujeres a usar anticonceptivos, evite el uso de lenguaje ofensivo o discriminatorio, y se abstenga de amenazar a las mujeres para aceptar intervenciones o medicamentos innecesarios. También se debe evitar la realización rutinaria de prácticas consideradas perjudiciales e inútiles por la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2014). Estas medidas deben ser implementadas a través de pláticas, cursos, congresos y campañas de concientización promovidas por organismos que protegen los derechos de las mujeres (INSP, 2018).

Desde el punto de vista legal, a nivel federal, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de 2007 establece medidas para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, incluida la violencia obstétrica (Gob.Mx, 2007). A nivel estatal, la Ciudad de México (CDMX) cuenta con un proyecto de decreto desde mayo de 2020 para combatir la violencia obstétrica. Otros estados que han legislado sobre este tema son Veracruz, Colima, Guanajuato, Hidalgo, Coahuila, Chiapas, San Luis Potosí, Quintana Roo, Oaxaca, Chihuahua, Durango y Tamaulipas.


Conclusiones

La violencia obstétrica, ejercida por profesionales de la salud en momentos de gran vulnerabilidad durante el parto, vulnera los derechos fundamentales de las mujeres, como la autonomía reproductiva, el trato digno y la no discriminación. Estos derechos, incluidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Salud, forman parte de los Derechos Sexuales y Reproductivos, que son esenciales en una sociedad justa e igualitaria.

Es imperativo que se legisle de manera efectiva sobre la violencia obstétrica, garantizando la capacitación del personal de salud que atiende partos. Es necesario mantener la humanización en el trato con las pacientes, establecer medidas para controlar el estrés laboral del personal y prevenir cualquier forma de violencia de género.

Erradicar la violencia obstétrica requiere un compromiso firme con la igualdad de género y el respeto a los derechos humanos. Es un desafío que debe abordarse desde una perspectiva integral, transformando las estructuras y promoviendo una cultura de respeto y equidad en todos los ámbitos de la sociedad.


Referencias